Comprendiendo la Ley N.° 32451: Impacto Humano y Económico en el Sector de Telecomunicaciones

Abstract

El Congreso de la República del Perú aprobó la Ley N.° 32451, publicada en El Peruano el 30 de septiembre de 2025, la cual modifica la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, y el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto a la activación ilegal de líneas móviles y la posesión ilícita de SIM cards. Asimismo, introduce modificaciones a la Ley N.° 27336, fortaleciendo las facultades de supervisión de OSIPTEL.

La norma tiene como finalidad prevenir el fraude, la suplantación de identidad y la comercialización ilegal de servicios móviles, fenómenos que han alimentado delitos como extorsión, estafa y organización criminal.

Referencia oficial: Ley N.° 32451, El Peruano (2025).

 

Principales Modificaciones Normativas

  1. Artículo 9-A, Ley 30096
    • Se sanciona la activación de SIM cards o líneas móviles sin consentimiento del titular.
    • Pena: prisión de 2 a 6 años e inhabilitación.
  2. Artículo 222-B, Código Penal
    • Penaliza la posesión ilegítima de SIM cards asociadas a líneas móviles.
    • Pena: prisión de 3 a 7 años.
  3. Artículo 272-B, Código Penal
    • Criminaliza la comercialización ilegal de servicios públicos de telecomunicaciones.
    • Pena: prisión de 3 a 8 años.
  4. Ley 27336, Artículo 16 (modificado)
    • Se obliga a las operadoras a entregar a OSIPTEL información en tiempo real sobre la comercialización, contratación y activación de líneas móviles, identificando al personal interviniente.

 

Aspectos Económicos de la Ley.

  1. Para las Empresas de Telecomunicaciones
  • Costos de cumplimiento: deberán implementar sistemas de trazabilidad digital y verificación biométrica, lo que implica inversión en infraestructura tecnológica.
  • Responsabilidad empresarial: OSIPTEL podrá individualizar a trabajadores involucrados en activaciones fraudulentas, lo que exige mayores protocolos de compliance.
  1. Para el Estado
  • Seguridad pública: la norma apunta a reducir delitos de extorsión telefónica y fraude digital.
  • Mayor control regulatorio: OSIPTEL adquiere herramientas más efectivas para supervisar el mercado formal.
  1. Para los Consumidores
  • Protección de identidad y datos personales: se garantiza mayor seguridad en la activación de líneas.
  • Confianza en el mercado: la reducción del mercado informal genera mayor previsibilidad.
  1. Impacto Económico General
  • Formalización del mercado: se reduce la venta clandestina de SIM cards, protegiendo la recaudación tributaria.
  • Incremento de tarifas: los costos de cumplimiento podrían trasladarse al usuario final.
  • Fomento a la innovación: obliga a las operadoras a mejorar sistemas digitales y de seguridad.

 

 

Conclusiones

La Ley N.° 32451 refuerza el marco jurídico en materia de delitos informáticos y comercialización de servicios móviles, promoviendo un mercado más formal y seguro. Sin embargo, impone cargas económicas significativas a las empresas de telecomunicaciones, que deberán fortalecer sus sistemas de control interno.

En términos macroeconómicos, la norma favorece la formalización del sector, mejora la confianza de los consumidores, y constituye un mecanismo de prevención del crimen organizado en el ámbito digital.

 

Referencias

  • Congreso de la República del Perú. (2025). Ley N.° 32451, Ley que modifica la Ley 30096 y el Código Penal respecto a la activación ilegal de líneas móviles y la posesión ilegal de SIM card. Diario Oficial El Peruano. https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2443471-1

 

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