Abstract
El Congreso de la República del Perú aprobó la Ley N.° 32451, publicada en El Peruano el 30 de septiembre de 2025, la cual modifica la Ley 30096, Ley de Delitos Informáticos, y el Código Penal, Decreto Legislativo 635, respecto a la activación ilegal de líneas móviles y la posesión ilícita de SIM cards. Asimismo, introduce modificaciones a la Ley N.° 27336, fortaleciendo las facultades de supervisión de OSIPTEL.
La norma tiene como finalidad prevenir el fraude, la suplantación de identidad y la comercialización ilegal de servicios móviles, fenómenos que han alimentado delitos como extorsión, estafa y organización criminal.
Referencia oficial: Ley N.° 32451, El Peruano (2025).
Principales Modificaciones Normativas
- Artículo 9-A, Ley 30096
- Se sanciona la activación de SIM cards o líneas móviles sin consentimiento del titular.
- Pena: prisión de 2 a 6 años e inhabilitación.
- Artículo 222-B, Código Penal
- Penaliza la posesión ilegítima de SIM cards asociadas a líneas móviles.
- Pena: prisión de 3 a 7 años.
- Artículo 272-B, Código Penal
- Criminaliza la comercialización ilegal de servicios públicos de telecomunicaciones.
- Pena: prisión de 3 a 8 años.
- Ley 27336, Artículo 16 (modificado)
- Se obliga a las operadoras a entregar a OSIPTEL información en tiempo real sobre la comercialización, contratación y activación de líneas móviles, identificando al personal interviniente.
Aspectos Económicos de la Ley.
- Para las Empresas de Telecomunicaciones
- Costos de cumplimiento: deberán implementar sistemas de trazabilidad digital y verificación biométrica, lo que implica inversión en infraestructura tecnológica.
- Responsabilidad empresarial: OSIPTEL podrá individualizar a trabajadores involucrados en activaciones fraudulentas, lo que exige mayores protocolos de compliance.
- Para el Estado
- Seguridad pública: la norma apunta a reducir delitos de extorsión telefónica y fraude digital.
- Mayor control regulatorio: OSIPTEL adquiere herramientas más efectivas para supervisar el mercado formal.
- Para los Consumidores
- Protección de identidad y datos personales: se garantiza mayor seguridad en la activación de líneas.
- Confianza en el mercado: la reducción del mercado informal genera mayor previsibilidad.
- Impacto Económico General
- Formalización del mercado: se reduce la venta clandestina de SIM cards, protegiendo la recaudación tributaria.
- Incremento de tarifas: los costos de cumplimiento podrían trasladarse al usuario final.
- Fomento a la innovación: obliga a las operadoras a mejorar sistemas digitales y de seguridad.
Conclusiones
La Ley N.° 32451 refuerza el marco jurídico en materia de delitos informáticos y comercialización de servicios móviles, promoviendo un mercado más formal y seguro. Sin embargo, impone cargas económicas significativas a las empresas de telecomunicaciones, que deberán fortalecer sus sistemas de control interno.
En términos macroeconómicos, la norma favorece la formalización del sector, mejora la confianza de los consumidores, y constituye un mecanismo de prevención del crimen organizado en el ámbito digital.
Referencias
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