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¿Qué es la Violencia contra la Mujer?
La violencia contra la mujer se manifiesta con cualquier actitud y/o acción, que produzca daño físico y/o psicológico, agresión sexual o en casos extremos la muerte de una mujer por su condición de tal, estas acciones pueden producirse de forma pública o privada. Los ambientes donde se produce la violencia pueden ser los entornos familiares, durante las relaciones amorosas. Así mismo no es necesario que el agresor viva comparta vivienda con la víctima.
¿Cuál es el objeto de la Ley 30364?
La Ley N° 30364 es la normal legal que emitida por el Congreso de la República del estado Peruano con la finalidad de prevenir, erradicar y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres y los integrantes vulnerables del grupo familiar. Esta ley es aplicable tanto en el ámbito público como privado, sus principales grupos de protección son mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad que se encuentren en una situación vulnerable. En esta norma también se detallan las persecución, sanciones y reeducación de los agresores que lleguen a tener sentencia en contra, esto como medio correctivo y de prevención.
¿Quiénes están protegidos por esta Ley?
¿Qué tipos de violencia se pueden denunciar?
Física: Es la acción que provoca daño en cuerpo y salud a la víctima. Se refleja por maltrato negligente, descuido o privación de las necesidades básicas del ser humano, ocasionar daño físico tales como golpes, puñetes, patadas, jalones de cabello, empujones, entre otras acciones, así mismo serán consideradas agresiones físicas la privación de alimentos, medicinas.
Psicológica: Daños mentales tales como la conducta controladora, aislamiento involuntario, humillación que puedan ocasionar daños en la Psiquis, los efectos de este tipo de violencia pueden ser temporales, reversibles, irreversibles que pueden afectar la función integral del ser humano.
Sexual: De connotación sexual que se produce contra la voluntad de la víctima, siendo que se produce actos de índole sexual sin consentimiento que no necesariamente siendo los actos penetrativos ya que también se considera la exposición ha material pornográfico. Este tipo de violencia agrede la libertad sexual o reproductiva del ser humano.
Económico: Es el tipo de violencia, que se produce contra las mujeres la limitar sus acciones de desarrollo profesional, laboral, económico, de tal forma que se truca su desarrollo impidiendo lograr su autonomía económica.
¿Qué es la Revictimización?
Es la acción repetida de la violencia, siendo que una victima de violencia vuelva a pasar lo mismo. Debiendo ser el estado o los organismos competentes quienes deberán proteger a la víctima y evitar la conducta repetitiva.
¿Cuáles son los derechos de la víctima de violencia?
La persona que es víctima de violencia tiene los siguientes derechos:
¿Quiénes son las personas en condición de vulnerabilidad?
Son los individuos que ya sea por razón de edad, genero, estado físico o mental, origen étnico, estatus social, económicos o culturales se encuentran con limitantes para ejercer sus derechos se incluye las personas indígenas, de pueblos originarios, migrantes, refugiados, desplazados, pobreza, identidad de género, orientación sexual, personas con discapacidad, entre otras.
¿Cuáles son los derechos que tiene el trabajador o trabajadora, que es víctima de Violencia?
La victima de violencia en condición de trabajador tiene derecho a:
¿Cuáles son los derechos que tienen los estudiantes, que son víctimas de Violencia?
La victima de violencia en condición de estudiante tiene derecho a:
¿Quiénes pueden denunciar los actos de violencia?
Las personas que pueden presentar su denuncia de violencia son:
¿Cómo se puede denunciar?
La denuncia puede ser expresada de forma verbal o escrita, no se necesita firma de abogado, pago o formalidad exigible. No es requerimiento presentar pruebas de violencia física, psicológica o de cualquier naturaleza. Si la denuncia se realiza verbalmente se redactará un acata para guardar los datos brindados.
Los lugares para presentar la denuncia son la Policía Nacional del Perú, Fiscalías Penales, Fiscalías de Familia o Juzgados de Familia. En caso no estén estos organismos la denuncia puede ser presentada antes los Juzgado de Paz Letrado o Juzgados de Paz.