La Violencia contra la Mujer

¿Qué es la Violencia contra la Mujer?

La violencia contra la mujer se manifiesta con cualquier actitud y/o acción, que produzca daño físico y/o psicológico, agresión sexual o en casos extremos la muerte de una mujer por su condición de tal, estas acciones pueden producirse de forma pública o privada. Los ambientes donde se produce la violencia pueden ser los entornos familiares, durante las relaciones amorosas. Así mismo no es necesario que el agresor viva comparta vivienda con la víctima.

¿Cuál es el objeto de la Ley 30364?

La Ley N° 30364 es la normal legal que emitida por el Congreso de la República del estado Peruano con la finalidad de prevenir, erradicar y sancionar todas las formas de violencia contra las mujeres y los integrantes vulnerables del grupo familiar.  Esta ley  es aplicable tanto en el ámbito público como privado, sus principales grupos de protección son mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad que se encuentren en una situación vulnerable. En esta norma también se detallan las persecución, sanciones y reeducación de los agresores que lleguen a tener sentencia en contra, esto como medio correctivo y de prevención.

¿Quiénes están protegidos por esta Ley?

  1. A todas las mujeres durante todas las etapas de su vida y desarrollo: niñez, adolescencia, juventud, adulta y adulta mayor.
  2. Los integrantes del grupo familiar: siendo así los cónyuges, excónyuges, convivientes, ex convivientes, quienes tengan hijos en común, los ascendientes o descendientes por lazo sanguíneo, por adopción o afinidad, parientes hasta el cuarto grado de lazo sanguíneo o adopción, en segundo por afinidad y quienes habiten en el mismo hogar. Como excepciones tenemos aquellos que poseen relaciones contractuales o laborales.

¿Qué tipos de violencia se pueden denunciar?

Física: Es la acción que provoca daño en cuerpo y salud a la víctima. Se refleja por maltrato negligente, descuido o privación de las necesidades básicas del ser humano, ocasionar daño físico tales como golpes, puñetes, patadas, jalones de cabello, empujones, entre otras acciones, así mismo serán consideradas agresiones físicas la privación de alimentos, medicinas.

Psicológica: Daños mentales tales como la conducta controladora, aislamiento involuntario, humillación que puedan ocasionar daños en la Psiquis, los efectos de este tipo de violencia pueden ser temporales, reversibles, irreversibles que pueden afectar la función integral del ser humano.

Sexual: De connotación sexual que se produce contra la voluntad de la víctima, siendo que se produce actos de índole sexual sin consentimiento que no necesariamente siendo los actos penetrativos ya que también se considera la exposición ha material pornográfico. Este tipo de violencia agrede la libertad sexual o reproductiva del ser humano.

Económico: Es el tipo de violencia, que se produce contra las mujeres la limitar sus acciones de desarrollo profesional, laboral, económico, de tal forma que se truca su desarrollo impidiendo lograr su autonomía económica.

¿Qué es la Revictimización?

Es la acción repetida de la violencia, siendo que una victima de violencia vuelva a pasar lo mismo. Debiendo ser el estado o los organismos competentes quienes deberán proteger a la víctima y evitar la conducta repetitiva.

¿Cuáles son los derechos de la víctima de violencia?

La persona que es víctima de violencia tiene los siguientes derechos:

  • Atención respetuosa he integral en todas las entidades públicas o privadas
  • Que la PNP Policía Nacional Del Perú reciba la denuncia correspondiente y la remita al poder judicial en las 24 horas
  • A que los Jueces o Juezas otorguen medidas de protección y/o cautelares a más tardar en 72 horas después de haber recibido la denuncia y remite tu expediente a la Fiscalía Penal competente
  • A que el agresor sea detenido en el momento o dentro de las 24 horas en que ocurrieron los hechos, en caso de flagrancia, incluso con allanamiento del domicilio
  • A que la PNP Policía Nacional Del Perú brinde un número telefónico disponible las 24 horas del día, para garantizar la protección que se requiere

¿Quiénes son las personas en condición de vulnerabilidad?

Son los individuos que ya sea por razón de edad, genero, estado físico o mental, origen étnico, estatus social, económicos o culturales se encuentran con limitantes para ejercer sus derechos se incluye las personas indígenas, de pueblos originarios, migrantes, refugiados, desplazados, pobreza, identidad de género, orientación sexual, personas con discapacidad, entre otras.

¿Cuáles son los derechos que tiene el trabajador o trabajadora, que es víctima de Violencia?

La victima de violencia en condición de trabajador tiene derecho a:

  • No ser despedido por causas de violencia
  • Cambiar de trabajo en tanto sea posible y sin menospreciar sus derechos remunerativos, de categoría y de su horario
  • Justificar inasistencia y tardanzas causadas por motivos de violencia. Cabe mencionar que esta inasistencia no deberá superar 5 días laborales dentro de un periodo de 30 días.
  • Suspender su relación laboral por un máximo de 5 meses sin goce de remuneración. La victima puede solicitar esta suspensión al juez competente del caso.

¿Cuáles son los derechos que tienen los estudiantes, que son víctimas de Violencia?

La victima de violencia en condición de estudiante tiene derecho a:

  • Cambiar de lugar y horario de estudio sin menospreciar sus derechos
  • Justificar la insistencia o tardanza en un periodo de máximo de 5 días por un lapso de 30 días calendarios o en un periodo de 15 días en un lapso de 80 días calendarios
  • La correcta atención por las secuelas de violencia

¿Quiénes pueden denunciar los actos de violencia?

Las personas que pueden presentar su denuncia de violencia son:

  • La persona agraviada
  • El niño, niña o adolescencia agraviado (Podrán presentar su denuncia sin compañía de un adulto)
  • Los testigos tales como profesionales y personas comunes

¿Cómo se puede denunciar?

La denuncia puede ser expresada de forma verbal o escrita, no se necesita firma de abogado, pago o formalidad exigible. No es requerimiento presentar pruebas de violencia física, psicológica o de cualquier naturaleza. Si la denuncia se realiza verbalmente se redactará un acata para guardar los datos brindados.

Los lugares para presentar la denuncia son la Policía Nacional del Perú, Fiscalías Penales, Fiscalías de Familia o Juzgados de Familia. En caso no estén estos organismos la denuncia puede ser presentada antes los Juzgado de Paz Letrado o Juzgados de Paz.