I. Introducción
Desde una perspectiva jurídico-cultural, la Antigua Roma no solo dejó un legado monumental en cuanto a derecho civil, organización estatal y ciudadanía, sino también en lo que hoy denominaríamos derechos afectivos o derechos personales no patrimoniales. Un aspecto poco explorado pero profundamente revelador es la relación afectiva que muchos romanos desarrollaron con sus animales domésticos, especialmente los perros, al punto de dedicarles epitafios en lápidas funerarias hace más de 2000 años.
II. La figura del animal doméstico en el derecho romano
En el derecho clásico romano, los animales eran considerados res (cosas), específicamente res mobiles. Sin embargo, en la práctica social y afectiva, muchos animales, especialmente los perros, trascendían esa visión legal limitada. Eran tratados como miembros del hogar, como lo evidencian textos literarios, mosaicos y, especialmente, inscripciones funerarias con dedicatorias afectuosas.
III. Inscripciones funerarias y epitafios a perros
Diversos hallazgos arqueológicos en Italia y otras regiones del Imperio han revelado lápidas dedicadas a canes con mensajes como:
“A Margarita, perra danzarina, que no dejó de moverse al son de la música y que siempre fue fiel y cariñosa con su dueña.”
“Aquí yace Helena, perra guardiana, que vigiló nuestra casa con amor y coraje.”
Estos textos, grabados en piedra, no solo reflejan el afecto humano, sino también una forma simbólica de reconocimiento de personalidad, aunque no jurídica formalmente, sí cultural y emocional.
IV. El trato familiar y su paralelismo con las figuras jurídicas actuales
En Roma, el trato a ciertos perros era análogo al de un filius familias, no por ley sino por afecto. Estos animales eran nombrados, vestidos, alimentados con esmero, e incluso incluían referencias en testamentos simbólicos. Hoy, algunas legislaciones modernas (como la española o francesa) comienzan a reconocer a los animales como “seres sintientes” (seres sensibles), una categoría que los aleja del régimen de cosas.
V. Influencia en el derecho contemporáneo
Aunque el derecho romano no reconocía derechos subjetivos a los animales, su práctica cultural sembró las bases para una evolución jurídica hacia el respeto y afecto hacia los no humanos. Actualmente, muchas legislaciones incluyen:
El deber de protección de animales como mandato legal (Código Penal Peruano, art. 206-A).
La posibilidad de establecer custodia compartida de mascotas tras separaciones conyugales.
La inscripción en registros públicos de animales domésticos.
VI. Conclusión
La costumbre romana de dedicar epitafios a los perros nos revela una rica tradición de sensibilidad afectiva que excedía el marco legal de su tiempo. Este fenómeno no es solo una curiosidad arqueológica, sino una muestra temprana de lo que hoy llamamos derecho de los animales. El estudio de estas prácticas, desde una óptica jurídica e histórica, permite entender la transformación del vínculo humano-animal y el avance hacia un modelo de justicia que incluya a los seres sintientes en el espectro de la consideración jurídica y moral.