Cesión de derechos pro solvendo y pro soluto : Comparación entre el Derecho peruano y el Derecho español

  1. Definiciones y base legal

Perú
La cesión de derechos está regulada en el Código Civil peruano (Arts. 1206 y ss.). Bajo esta figura, el cedente transfiere a un tercero (cesionario) el derecho de exigir la prestación de un deudor (cedido), quien no puede impedir la cesión salvo pacto expreso (derechomercantilespana.blogspot.com, revistas.pucp.edu.pe).

Los créditos cedibles son, en principio, todos aquellos no prohibidos por ley o pacto. Existen dos modalidades:

  • Pro solvendo: el cedente sigue respondiendo frente al cesionario hasta que el deudor efectivamente paga;
  • Pro soluto: el cedente queda liberado apenas entrega el crédito, asumiendo el cesionario el riesgo de impago (studocu.com, abogadopiqueras.es).

España
El Código Civil español regula la cesión de créditos (arts. 1527 y ss.) y, por analogía con la dación en pago (pro soluto), la entrega de documentos valor representa la extinción inmediata de la deuda si es aceptada por el acreedor (abogadopiqueras.es).

En la práctica jurídica española:

  • Pro soluto: funciona como dación en pago: el cedente entrega el crédito para extinguir su deuda, liberándose aún si el deudor posterior incumple (vlex.es, abogadopiqueras.es).
  • Pro solvendo: la transferencia solo tiene efecto extinguible cuando el cesionario cobra, y el cedente permanece responsable en caso de impago (abogadopiqueras.es).
  1. Efectos jurídicos comparados

Efecto

Perú

España

Transmisión plena del crédito

En ambas modalidades, el cesionario adquiere el derecho; en pro solvendo, puede operar garantía (revistas.pucp.edu.pe, almacendederecho.org)

Plena transmisión en ambos casos; pro solvendo mantiene responsabilidad del cedente

Extinción de la obligación original

Solo en pro soluto; en pro solvendo, la obligación subsiste hasta el pago efectivo

Similar: pro soluto extingue inmediatamente; pro solvendo, tras cobro

Responsabilidad por impago

El cedente responde en pro solvendo; en pro soluto, el riesgo es del cesionario ●

Idéntico tratamiento jurídico

  1. Fundamentos doctrinales

Perú: la cesión es un acto dispositivo consensual; se perfecciona por notificación al deudor para que surta efectos frente a terceros y para proteger su derecho a conocer su nuevo acreedor .

España: la jurisprudencia del Tribunal Supremo distingue claramente entre las dos figuras (sentencias de 2003, 2006, 2008), confirmando que la cláusula “salvo buen fin” no impide la transmisión del crédito, solo condiciona su resolución si no se cobra .

  1. Similitudes y diferencias prácticas
  • En ambos sistemas, la cesión pro solvendo implica que el cedente sigue obligado hasta el cobro, mientras que en la pro soluto, la obligación se extingue con la entrega.
  • La diferencia principal radica en la extinción automática (pro soluto) versus la extinción condicionada (pro solvendo).
  • En España, el recurso jurisprudencial es más amplio y estructurado; en Perú, el tratamiento es más general, aunque existen analogías al derecho comparado.
  1. Conclusión

Tanto en Perú como España, la distinción entre pro solvendo y pro soluto está clara y fundamentada en la naturaleza extintiva (pro soluto) o garantizadora (pro solvendo) de la obligación original. En ambos ordenamientos, la cesión conlleva la transmisión del crédito al cesionario, pero difiere el momento en el que el cedente queda exonerado.

 

Referencias Bibliográficas

  • Alfaro Águila‑Real, J. (2011). La cesión pro solvendo transmite la propiedad del crédito y opera como condición resolutoria… vLex España.
  • Cauvi, J. J. (2018). Efectos pro soluto y pro solvendo de la entrega de títulos valores. Advocatus.
  • Valencia Zea, A. (1978). Derecho civil, de las obligaciones. Tomo III.
  • Código Civil de Perú, arts. 1206–1215.
  • Código Civil de España, arts. 1170, 1527–1532.
  • Abogadopiqueras.es. (2025). Distinción entre créditos pro solvendo y pro soluto.
  • ILP Abogados. (2018). Pro soluto vs pro solvendo.