ANÁLISIS JURÍDICO INTERNACIONAL SOBRE MAR TERRITORIAL Y TERRITORIO MARÍTIMO

  1. Marco Normativo Aplicable

El principal instrumento normativo que regula los espacios marítimos en el Derecho Internacional es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), adoptada en 1982 y en vigor desde 1994. Esta convención codifica las normas consuetudinarias del Derecho del Mar y establece el régimen jurídico de las distintas zonas marítimas.

  1. Mar Territorial

Definición y naturaleza jurídica:
Según el artículo 2 de la CONVEMAR, el mar territorial es una franja marítima adyacente a la costa del Estado ribereño, sobre la cual este ejerce soberanía plena, equivalente a la que ejerce sobre su territorio terrestre, aunque sujeta a ciertas limitaciones derivadas del Derecho Internacional.

Límite de extensión:
De acuerdo con el artículo 3 de la Convención, todo Estado tiene derecho a establecer un mar territorial que se extienda hasta un máximo de 12 millas náuticas desde las líneas de base, normalmente la línea de bajamar.

Contenido de la soberanía:
La soberanía del Estado se extiende al espacio aéreo sobre el mar territorial, así como al lecho y subsuelo marinos. No obstante, el artículo 17 de la CONVEMAR reconoce el derecho de paso inocente a los buques extranjeros, lo cual implica una restricción funcional al ejercicio absoluto de la soberanía.

  1. Territorio Marítimo (concepto general y zonas adyacentes)

El término “territorio marítimo” no es un concepto técnico consolidado en el Derecho Internacional, pero se utiliza doctrinalmente para referirse al conjunto de espacios marítimos sobre los que un Estado ejerce diversos grados de soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, conforme a las categorías establecidas en la CONVEMAR:

  • Mar Territorial (0-12 millas náuticas): soberanía plena.
  • Zona Contigua (12-24 millas náuticas): derechos de control para prevenir o sancionar infracciones a leyes fiscales, migratorias, sanitarias, etc.
  • Zona Económica Exclusiva (ZEE, hasta 200 millas náuticas): derechos soberanos para la exploración y explotación de recursos naturales.
  • Plataforma Continental (hasta 200 o más millas náuticas): derechos sobre el lecho y subsuelo marinos para fines de explotación de recursos minerales y biológicos sedentarios.
  1. Importancia y conflictos jurídicos

El reconocimiento del mar territorial implica el respeto al principio de soberanía estatal, mientras que las zonas adyacentes como la ZEE y la plataforma continental están sujetas a regímenes jurídicos especiales que equilibran los intereses del Estado ribereño con los del resto de la comunidad internacional, como la libertad de navegación y sobrevuelo.

Las disputas marítimas suelen surgir cuando existen superposiciones de reclamaciones o falta de delimitación entre Estados, lo que ha motivado numerosos casos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y tribunales arbitrales.

 

Conclusión

Desde el Derecho Internacional, el mar territorial constituye una extensión del territorio nacional bajo plena soberanía, mientras que el concepto más amplio de “territorio marítimo” comprende espacios con distintos grados de soberanía o jurisdicción, conforme al régimen jurídico establecido por la CONVEMAR. La correcta delimitación y ejercicio de estos derechos es fundamental para garantizar la paz, la cooperación y la seguridad jurídica entre Estados.