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La justicia suele ser entendida como “dar a cada uno, aquello que se merece”. Pero hay que preguntarse, ¿quién determina qué merece cada quien, o mediante qué criterios se determinan los “merecimientos” de cada uno de nosotros?
El pasado jueves 14 de mayo,- en medio de la cuarentena por el Covid19-, cuatro policías del distrito de Ituata de la provincia de Carabaya en el departamento de Puno, fueron apresados por ronderos campesinos de ese lugar, quienes a raíz de una denuncia, intervinieron a los efectivos, que aprovechando la cuarentena intervinieron a dos mineros y les habían arrebatado una considerable suma de dinero. Maniatados los policías, ante la población aceptaron su delito y pidieron perdón, siendo obligados a llevar carteles en sus pechos que rezaban; “somos ladrones” “soy asaltante policía” y otras frases denigrantes. Luego, los efectivos tuvieron que someterse a varios castigos físicos en el estadio de la localidad, ante una muchedumbre,-cual circo romano-, que abarrotó las graderías del escenario para observar el castigo y burlarse de los uniformados.
Otro caso emblemático, sucedido en la misma Provincia puneña, cuando los ronderos acusaron a la magistrada del Juzgado de Investigación Preparatoria Eliana Mamani, por haber dado libertad a Jesús Hualla, imputado por el delito de violación en agravio de una menor de edad, no obstante que la fiscalía ofreció medios de prueba, sin embargo, la jueza desestimo sospechosamente el requerimiento y dio libertad al acusado. Los ronderos, obligaron a la magistrada a ponerse de rodillas en plena plaza pública y pedir perdón ante la población, posteriormente la jueza fue destituida de su cargo por haber afectado el principio de autoridad y la honorabilidad del Poder Judicial. Un sanción similar, deberán de recibir los malos efectivos policiales, por haber manchado el uniforme de la Policía Nacional.
Innumerables son los casos de castigos, torturas y ajusticiamientos que se han dado en diferentes partes del país, ante la morbosidad de la colectividad y la pasividad del Estado. Casos como de Uriel Ramos Chipana, que falleció al no resistir las quemaduras que sufrió cuando fue prendido con gasolina por una turba en Juliaca, o de las dos mujeres acusadas de robar en un mercado en donde fueron desvestidas, golpeadas a puntapiés y cuando la turba les prendía fuego, fueron rescatadas por efectivos de serenazgo y el caso de Adrián Alanoca Carrillo, que recibió una feroz golpiza, en donde le quemaron su ropa y lo pasearon desnudo por las calles, mientras clamaba clemencia, ante la mirada indiferente de los pobladores.
Estos ajusticiamiento populares, nos deben hacer reflexionar en el sentido que las poblaciones del interior del Perú, ya no creen en sus autoridades y deciden tomar la justicia por sus propias manos. Al igual que en la obra de Lope de Vega, en la que la población se levanta contra la injusticia y los abusos de poder, narra un episodio histórico que ocurrió en Fuente Ovejuna, un pueblo cordobés en 1476. El Comendador del pueblo, Fernán Gómez de Gúzman, no respetaba las leyes y abusaba de su poder, traicionando los principios feudales y comportándose como un tirano. Es así, que el pueblo harto de los robos, atropellos y crueldades del Comendador, decide unirse y tomar la justicia por sus manos. Una noche llegan al palacio, invaden su casa y lo matan en nombre de Fuente Ovejuna y de los Reyes Católicos.
Lo narrado, nos hace entender que la “justicia popular” es un acto reflejo en donde los sujetos actúan casi instintivamente, castigando a su víctima sin reflexión, debido principalmente a una reacción desesperada de la población frente al incremento de la criminalidad y la impunidad con la que esta se ve beneficiada. Asimismo, los aparatos de justicia popular no sólo se han estandarizado para muchos de los casos, sino que esta situación, está siendo imitada por pobladores de diferentes localidades del interior del país, en donde la justicia popular está ligada al castigo violento, ante la ausencia de la justicia y de la autoridad policial.
Es así, que la justicia popular cumple aparentemente las funciones que la policía no ejerce por su ausencia. Esto indica no sólo una labor de resguardo y vigilancia, sino además un principio punitivo que el Poder Judicial no cumple, hechos que deberían servir como advertencia a los poderes del Estado, para actuar con mayor celeridad y eficacia ante denuncias criminales. Porque, lo que más importa, es el orden con justicia y confianza en nuestras autoridades.