
Contratar a una persona para realizar labores domésticas, cuidar niños o acompañar a un adulto mayor genera derechos y obligaciones laborales. Por ello, es importante identificar correctamente la modalidad de trabajo y formalizarla mediante un contrato escrito.
La legislación peruana reconoce tres formas principales de trabajo del hogar.
En esta modalidad, la persona trabajadora acude al domicilio, cumple el horario acordado y luego retorna a su vivienda.
El contrato debe precisar las funciones, los días de trabajo, el horario, la remuneración y el descanso semanal. El hecho de que no viva en el hogar no reduce sus derechos laborales.
La persona trabajadora vive en la vivienda donde presta sus servicios. El empleador debe proporcionarle alimentación y un alojamiento adecuado, seguro y privado.
Vivir en el domicilio no significa estar disponible las 24 horas. Deben respetarse la jornada máxima, los descansos, la privacidad y el tiempo libre. La alimentación y el alojamiento tampoco sustituyen ni reducen la remuneración.
La persona presta servicios durante determinadas horas o días de la semana. Aunque la jornada sea reducida, puede existir una relación laboral cuando el trabajo es personal, remunerado y realizado bajo indicaciones del empleador.
Por esa razón, no corresponde utilizar automáticamente un contrato de locación de servicios o de obra.
En las tres modalidades, la persona trabajadora tiene derecho, según corresponda, a:
Remuneración no inferior al mínimo legal proporcional a la jornada.
Descanso semanal y feriados.
Vacaciones.
Gratificaciones.
Compensación por Tiempo de Servicios.
EsSalud y sistema pensionario.
Condiciones seguras de trabajo.
Protección frente a la discriminación, violencia y hostigamiento sexual.
El contrato debe celebrarse por escrito y registrarse en el Registro del Trabajo del Hogar del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Un contrato actualizado permite definir las labores, jornada, remuneración y responsabilidades de ambas partes. También ayuda a prevenir desacuerdos y facilita el cumplimiento de las obligaciones laborales.
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Si existen labores nocturnas, cuidado permanente, servicios en varios domicilios o dudas sobre la modalidad aplicable, es recomendable solicitar una revisión legal antes de firmar.
Contenido informativo. No sustituye la evaluación jurídica del caso concreto.
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